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CARRETES ELÉCTRICOS, NORMATIVA DE USO

El uso de carretes eléctricos no está exento de polémica. Aunque su uso está bastante extendido, siempre ha habido cierta reticencia por cierta parte de los pescadores, que lo consideran como una práctica artificial muy alejada de la pesca tradicional.

Por otro lado, los carretes eléctricos mejoran el procedimiento y velocidad de la captura.

Vamos a hacer una pequeña introducción a las normas de uso de carretes eléctricos, tanto a nivel nacional como en nuestra comunidad autónoma.

ESPAÑA

La legislación y normativa sobre pesca es de competencia autonómica según comunidades autónomas, por ello existe una normativa nacional y luego las diferentes normas autonómicas.

A nivel nacional, el Real Decreto 347/2011, de 11 de marzo, por el que se regula la pesca marítima de recreo en aguas exteriores.

Según este texto, se prohíbe el uso de más de dos carretes eléctricos por embarcación, cuya potencia máxima y longitud del sedal será establecida por orden del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente para cada una de las zonas de pesca recogidas en el artículo 2 del Real Decreto 347/2011.

COMUNIDAD VALENCIANA

Al contrario que la ley nacional, en la Comunidad Valenciana ya en el año 2000 se establecieron unas normas de uso de los carretes eléctricos en el Decreto 131/2000, de 5 de septiembre, del Gobierno Valenciano, por el que se establecen las normas sobre la pesca marítima de recreo de la Comunidad Valenciana.

Según esta norma El empleo de carretes de pesca de tracción eléctrica o hidráulica, o de cualquier otro tipo que no sea la estrictamente manual. No obstante, se autoriza el uso de un máximo de dos carretes eléctricos siempre que, en su potencia máxima conjunta, no se superen los 300 W.

Actualmente, la Orden 2/2015, de 12 de febrero, de la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente por la que se fijan los periodos hábiles y las normas generales relacionadas con la pesca deportiva y de entretenimiento en aguas continentales de la Comunitat Valenciana es la más actual norma sobre pesca deportiva.

Según esta norma y la más reciente revisión (vigentes desde enero de 2015) de la Ley 9/1998, de 15 de diciembre, de Pesca Marítima de la Comunidad Valenciana, el uso de carretes eléctricos se ciñe a la norma nacional ya mencionada anteriormente.

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